jueves, 18 de febrero de 2010

LOS DERECHOS HUMANOS


INDICE:

1. CONTEXTO HISTÓRICO: GRÁFICA Y MAPAMUNDI

2. RELACION ENTRE LOS ARTÍCULOS 27, 16, 17, 13.

3. INSTITUCIÓN RELACIONADA CON LOS DERECHOS HUMANOS.

4. PERSONAJE QUE HA LUCHADO A FAVOR DE LOS DERECHOS HUMANOS.

5. NOTICIA EN CONTRA DE LOS DERECHOS HUMANOS.

6. CANCION A FAVOR DE LOS DERECHOS HUMANOS.

7. TRADUCCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS INGLÉS Y FRANCÉS


8. PINTURAS



INTRODUCCIÓN

Los derechos humanos son, aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente.
Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados.

 La Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha convertido en una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.Sin embargo, existe un permanente debate en el ámbito de la filosofía y las ciencias políticas sobre la naturaleza, fundamentación, contenido e incluso la existencia de los derechos humanos;y también claros problemas en cuanto a su eficacia, dado que existe una gran desproporción entre lo violado y lo garantizado estatalmente.


ARTÍCULOS DEL GRUPO:

Artículo 13


1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.


RELACIÓN ENTRE LOS ARTÍCULOS 13,27,17 Y 16

-Todos los artículos tienen en común que hablan sobre los derechos de las personas.

El artículo 13 habla sobre la libre circulación de las personas entre países, y derecho a la vivienda en cualquier lugar de un Estado.
El artículo 16 habla sobre el derecho al matrimonio y a formar una familia a partir de la mayoría de edad.
El artículo 17 habla sobre el derecho a la propiedad.
El artículo 27 habla sobre el derecho a participar en el progreso científico, y, al derecho de autor de producciones científicas, literarias o artísticas.


-CLASIFICACIÓN SEGÚN LAS GENERACIONES
• José Salido Rodríguez- articulo 27- 2ª generación.
• David López Astorga- artículo 17- 3ª generación.
• Antonio Jurado García- artículo 16- 1ª generación.
• Sergio Gómez Aguilar- artículo 13- 1ª generación.

    
FALLECIDOS EN LA 2ª GUERRA MUNDIAL 



















MAPAMUNDI DE LOS PAÍSES QUE NO CUMPLEN LOS DERECHOS HUMANOS























ORGANIZACIÓN QUE LUCHA A FAVOR DE LOS DERECHOS HUMANOS
La Unión Africana (UA), es la organización supranacional dedicada a impulsar la integración económica y política y a reforzar la cooperación entre sus estados miembros. Nació en marzo de 2001, fecha en que se firmó el pacto de Sirte en la ciudad de Libia reemplazando a la Organización para la Unidad Africana. La UA esta inspirada en la Unión Europea.

Marruecos es el único país del continente que se mantiene fuera de la UA, dado el reconocimiento por parte del bloque de la independencia de la antigua colonia española de Sahara Occidental, a la que este país árabe reivindica como parte de su territorio. Otros países como España, el Reino Unido o Francia, que cuentan con territorio en África tampoco forman parte de esta organización.

* Fundación de la UA

La UA es la culminación de varios intentos de unir políticamente al continente, como la Unión de Estados Africanos creada por Kwame Nkrumah en 1958, la Organización para la Unidad Africana de 1963, o la Comunidad Económica Africana fundada en 1981. La idea de crear la UA fue relanzada por algunos jefes de estado y de gobierno en la declaración de Sirte, el 9 de septiembre de 1999. A dicha declaración siguieron una serie de cumbres en Lomé (2000) donde se redactó el acta constitutiva de la UA; y en Lusaka (2001) donde se aprobó el plan para la instauración de la Unión. En el acta constitutiva se hacía un llamamiento a la diáspora africana a implicarse activamente en el desarrollo de la Unión.

La Unión Africana fue inaugurada formalmente en Durban el 9 de julio de 2002 por su primer presidente, el sudafricano Thabo Mbeki. A algunos críticos les ha preocupado la poca implicación de la UA a la hora de proteger los derechos de sus ciudadanos frente a sus propios dirigentes, por lo que en ocasiones se han referido a la organización como Club para Dictadores.

* Parlamento Panafricano

La inauguración del Parlamento Panafricano, con sede en Timbuctú, tuvo lugar el 16 de septiembre de 2004.

En sus primeros cinco años de existencia este órgano, integrado hasta ahora por 265 integrantes de 46 países de la UA, será un órgano consultivo y asesor. Sin embargo, a partir de 2009 está previsto que asuma funciones legislativas.

* Estados miembro

Los estados miembro de la Unión Africana, abarcan todo el continente con la excepción de Marruecos:
• Argelia
• Angola
• Benín
• Botsuana
• Burkina Faso
• Burundi
• Camerún
• Cabo Verde
• República Centroafricana
• Chad
• Comoras
• República Democrática del Congo
• República del Congo
• Costa de Marfil
• Egipto
• Guinea Ecuatorial
• Eritrea (suspendido)
• Etiopía
• Gabón
• Gambia
• Ghana
• Guinea (suspendido)
• Guinea-Bissau
• Kenia
• Lesoto
• Liberia
• Libia


ORGANISMO QUE APOYA LOS DERECHOS HUMANOS:

-Unión Africana:

• Madagascar (suspendido)
• Malaui
• Malí
• Mauritania (suspendido)
• Mauricio
• Mozambique
• Namibia
• Níger
• Nigeria
• Ruanda
• República Árabe Saharaui Democrática
• Santo Tomé y Príncipe
• Senegal
• Seychelles
• Sierra Leona
• Somalia
• Sudáfrica
• Sudán


PERSONAJE QUE LUCHA A FAVOR DE LOS DERECHOS HUMANOS:
















Salih Mahmoud Osmán ganador del premio Sajarov en 2007, este galardón reconoce la lucha de individuos y organizaciones a favor de los Derechos Humanos.
-En una entrevista afirmó las siguientes declaraciones:

-“Debemos ser optimistas sobre el futuro, aunque la situación del presente es frustrante. Mi región (Darfur) está siendo desgarrada por problemas relacionados con las etnias, y acosadas por las milicias janjaweed y los soldados del gobierno, en presencia de las fuerzas de la ONU y de las Unión Africana.

-Sin ayuda de la comunidad internacional cinco millones de personas no estarían hoy vivas. La reciente solicitud del magistrado del Tribunal Penal Internacional ha hecho que la situación sea más propicia para conversaciones de paz. Por primera vez , el gobierno habla de iniciativas de paz y reformas de nuestro sistema judicial.

-En el consejo de Seguridad de la ONU, China hace oídos sordos y mira para otro lado ante graves violaciones de los Derechos Humanos como el genocidio, los crímenes de guerra y contra la Humanidad en Darfur.

-La situación humanitaria en Darfur es tan desesperada que todo el mundo muestra su apoyo excepto China.”



NOTICIA EN CONTRA DE LOS DERECHOS HUMANOS RELACIONADA CON EL ARTÍCULO 17:



PÁGINA WEB: LIBERTAD DIGITAL
2009-11-19

-La ocupa de la casa de Barcelona desempadronó a la familia y se empadronó ella

-El esperpento de la casa ocupada en el barrio de El Raval de Barcelona desde hace 16 meses es digno de una película de terror. Según ha revelado la abogada en el programa En casa de Herrero, la allanadora desempadronó a sus clientes y se empadronó ella con su familia.

-Una familia de Barcelona vive desde hace 16 meses un proceso que ni la imaginación de Kafka podría concebir. En julio de 2008 se fueron de vacaciones y cuando volvieron se encontraron con que no podían entrar en su casa porque alguien había cambiado la cerradura.

-Lejos de responder con violencia al hecho violento, confiaron en la Justicia y denunciaron el hecho a los Mossos de Esquadra, que dijeron que no podían hacer nada. Entonces, según narró la abogada en el programa de Luis Herrero en esRadio, interpusieron una demanda por desahucio, que ganaron, pero los ocupas pusieron un recurso de apelación y tienen que esperar a que se resuelva el recurso. Será en febrero y mientras, no pueden volver a su casa.

-La familia expulsada de su vivienda vive ahora en casa de unos familiares. Sus enseres personales fueron arrojados por la ventana por los ocupas. "Sólo podemos esperar que se resuelva el recurso de apelación, confirmen el desahucio y desalojen a estos señores", dice la abogada.

-Y mientras tanto, las víctimas tienen que seguir pagando el alquiler de la vivienda, que pertenece al Patronato de la Generalidad. "Si dejan de pagar el alquiler, el agua o la luz saldrían perjudicados porque perderían derechos". Además, en el colmo del esperpento, la ocupa, una mujer joven con niños pequeños, "se fue al ayuntamiento, desempadronó a mis clientes y se empadronó ella con su familia". Así de sencillo.

-Según explicó la abogada, "los pisos del patronato es habitual ocuparlos, muchos pisos están teniendo este problema y hay vecinos cómplices de los que ocupan las viviendas".

*CANCIÓN:

- Hemos escogido la canción de odio por amor de Juanes:

ALBUM: 'La vida es un ratico'














AÑO DE PUBLICACIÓN: 8 de septiembre de 2008

* Odio por amor (Juanes):
Trabajamos como dos locomotoras a todo vapor
y olvidamos que el amor
es mas fuerte que el dolor
que envenena la razón.

Somos victimas así
de nuestra propia tonta creación
y olvidamos que el amor
ess fuerte que el dolor
de una llaga en tu interior.

Dos hermanos ya no se deben pelear
es momento de recapacitar
es tiempo de cambiar
it's time to change
es tiempo de cambiar
it's time to change
es tiempo de saber pedir perdón
es tiempo de cambiar
en la mente de todos
el odio por amor.

It's time to change...

Si te pones a pensar
la libertad no tiene propiedad
quiero estar contigo amor,
quiero estar contigo amor,
quiero estar contigo amor...

Si aprendemos a escuchar
quizás podamos juntos caminar
de la mano hasta el final
yo aquí y tu allá
de la mano hasta el final

Dos hermanos ya no se deben pelear
es momento de recapacitar
es tiempo de cambiar
it's time to change
es tiempo de cambiar
it's time to change
es tiempo de saber pedir perdón
es tiempo de cambiar
en la mente de todos
el odio por amor.

It's time to change
es tiempo de cambiar
it's time to change
el odio por amor
it's time to change
es tiempo de cambiar
en la mente de todos
el odio por amor.

it's time to change...



TRADUCCIÓN DE LOS DRECHOS HUMANOS (FRANCÉS)

Préambule.


L'Assemblée Générale proclame la présente Déclaration universelle des droits de l'homme comme l'idéal commun à atteindre par tous les peuples et toutes les nations afin que tous les individus et tous les organes de la société, ayant cette Déclaration constamment à l'esprit, s'efforcent, par l'enseignement et l'éducation, de développer le respect de ces droits et libertés et d'en assurer, par des mesures progressives d'ordre national et international, la reconnaissance et l'application universelles et effectives, tant parmi les populations des Etats Membres eux-mêmes que parmi celles des territoires placés sous leur juridiction.

La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de los Derechos del hombre como ideal común para alcanzar por todos los pueblos y todas las naciones, a fin de que todos los individuos y todos los órganos de la sociedad,que teniendo esta Declaración constantemente en espíritu se fuercen por la enseñanza y la educación y desarrollar el respeto de estos derechos y libertades y asegurarlos para las medidas progresivas de orden nacional e internacional, el reconocimiento y la aplicación universal efectiva tanto entre la población de los Estados Miembros como entre territorios situados bajo su jurisdicción.


Article 1


Tous les êtres humains naissent libres et égaux en dignité et en droits. Ils sont doués de raison et de conscience et doivent agir les uns envers les autres dans un esprit de fraternité.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos. Están dotados de razón y de conciencia y deben comportarse los unos con los otros con espíritu y fraternidad.
  


Article 2


1.Chacun peut se prévaloir de tous les droits et de toutes les libertés proclamés dans la présente Déclaration, sans distinction aucune, notamment de race, de couleur, de sexe, de langue, de religion, d'opinion politique ou de toute autre opinion, d'origine nationale ou sociale, de fortune, de naissance ou de toute autre situation.


2.De plus, il ne sera fait aucune distinction fondée sur le statut politique, juridique ou international du pays ou du territoire dont une personne est ressortissante, que ce pays ou territoire soit indépendant, sous tutelle, non autonome ou soumis à une limitation quelconque de souveraineté.


 Cada uno se puede beneficiar de todos los derechos y libertades proclamadas en esta declaración , sin distinción alguna de raza, de color, de sexo, de lengua, de religión, de ideología política o de cualquier otra opinión de origen nacional o social, de riqueza de nacimiento o de cualquier otra situación.



Además no se hará distinción alguna fundada por la situación política, jurídica o internacional del país o del territorio del que depende una persona, tanto si este país o territorio sea independiente, esté bajo tutela, no autónomo o sometido a una limitación cualquiera de soberanía.



Article 3


Tout individu a droit à la vie, à la liberté et à la sûreté de sa personne.


Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.


Article 4


Nul ne sera tenu en esclavage ni en servitude; l'esclavage et la traite des esclaves sont interdits sous toutes leurs formes.

Nadie estará sometido a esclavitud, ni servidumbre; la esclavitud y el trato de esclavos son prohibídos de todas las formas.

Article 5


Nul ne sera soumis à la torture, ni à des peines ou traitements cruels, inhumains ou dégradants.

Nadie será sometido a torturas, ni a penas o malos tratos crueles , inhumanos o degradantes


Article 6


Chacun a le droit à la reconnaissance en tous lieux de sa personnalité juridique.


Cada uno tiene derecho al reconocimiento en todos los lugares de su personalidad jurídica.

Article 7


Tous sont égaux devant la loi et ont droit sans distinction à une égale protection de la loi. Tous ont droit à une protection égale contre toute discrimination qui violerait la présente Déclaration et contre toute provocation à une telle discrimination.

Todos son iguales ante la ley y tienen derecho sin distinción alguna a una igual protección de la ley. Todos tienes derecho a una protección igual contra toda la discriminación que votaría la presente Declaración y contra toda provocación a una tal discriminación.

Article 8


Toute personne a droit à un recours effectif devant les juridictions nationales compétentes contre les actes violant les droits fondamentaux qui lui sont reconnus par la constitution ou par la loi.

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes contra los actos que violen los derechos fundamentales que están reconocidos por la constitución o por la ley



Article 9


Nul ne peut être arbitrairement arrêté, détenu ou exilé.


Nadie puede ser arbitrariamente arrestado, detenido o exiliado.


Article 10


Toute personne a droit, en pleine égalité, à ce que sa cause soit entendue équitablement et publiquement par un tribunal indépendant et impartial, qui décidera, soit de ses droits et obligations, soit du bien-fondé de toute accusation en matière pénale dirigée contre elle.


Toda persona tiene derecho en plena igualdad a que su causa sea escuchada, entendida equitativamente y públicamente por un tribunal independiente e imparcial, quién decidirá bien sobre derechos y obligaciones, o bien sobre la legitimidad de toda acusación y en materia penal dirigida contra ella.


Article 11


1. Toute personne accusée d'un acte délictueux est présumée innocente jusqu'à ce que sa culpabilité ait été légalement établie au cours d'un procès public où toutes les garanties nécessaires à sa défense lui auront été assurées.


2. Nul ne sera condamné pour des actions ou omissions qui, au moment où elles ont été commises, ne constituaient pas un acte délictueux d'après le droit national ou international. De même, il ne sera infligé aucune peine plus forte que celle qui était applicable au moment où l'acte délictueux a été commis.


Toda persona acusada de un delito es presumiblemente inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente demostrada a lo largo de un juicio público, donde todas las garantías necesarias para su defensa le habrán sido aseguradas.



Nadie será condenado por acciones u omisiones que en el momento donde fueron cometidas, no constituían un delito según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá una pena más fuerte que la que se aplicaba en el momento en el que se cometió el delito.


Article 12


Nul ne sera l'objet d'immixtions arbitraires dans sa vie privée, sa famille, son domicile ou sa correspondance, ni d'atteintes à son honneur et à sa réputation. Toute personne a droit à la protection de la loi contre de telles immixtions ou de telles atteintes.


Nadie será objeto de que se metan arbitrariamente en su vida privada, familiar, su domicilio o sus correspondencias, ni atentar a su honor y a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protecció de la ley contra tales intromisiones o de tales atentados.



Article 13


1. Toute personne a le droit de circuler librement et de choisir sa résidence à l'intérieur d'un Etat.


2. Toute personne a le droit de quitter tout pays, y compris le sien, et de revenir dans son pays.


1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el interior de un Estado.



2. Toda persona tiene derecho a dejar su país y a volver.


Article 14


1. Devant la persécution, toute personne a le droit de chercher asile et de bénéficier de l'asile en d'autres pays.


2. Ce droit ne peut être invoqué dans le cas de poursuites réellement fondées sur un crime de droit commun ou sur des agissements contraires aux buts et aux principes des Nations Unies.


1. Ante la persecución , toda persona tiene derecho a buscar asilo y de beneficiarse de él en otro s paises.



2 Este derecho no puede ser invocado en el caso de persecuciones fundadas por un crimen de derecho común o sobre actos contrarios a los abjetivos y a los principios de las Naciones Unidas.

Article 15


1. Tout individu a droit à une nationalité.


2. Nul ne peut être arbitrairement privé de sa nationalité, ni du droit de changer de nationalité.


 1. Todo individuo tiene derecho a una nacionalidad.


2. Nadie puede ser arbitrariamente privado de su nacionalidad ni del derecho a cambiar su nacionalidad.

 
 TRADUCCION DE LOS DERECHOS HUMANOS (INGLÉS)


-On December 10, 1948 the General Assembly of the United Nations adopted and proclaimed the Universal Declaration of Human Rights the full text of which appears in the following pages. Following this historic act the Assembly called upon all Member countries to publicize the text of the Declaration and "to cause it to be disseminated, displayed, read and expounded principally in schools and other educational institutions, without distinction based on the political status of countries or territories."

-El 10 de Diciembre de 1948 la Asamble General de las Naciones Unidas adopto y proclamó la Declaracion Universal de los Derechos Humanos cuyo texto aparece en las paginas siguientes. Siguiendo este acto histórico la Asamblea pidió a todos los países miembros que publicaran el textode la Declaración y dispusieron que fuera divulgado, expuesto, leído y comentado principalmente en escuelas y en otras instituciones educacionales, sin distinciones basadas en la situación política de países o territorios


ARTÍCULOS DEL 15-30:

Article 16.
(1) Men and women of full age, without any limitation due to race, nationality or religion, have the right to marry and to found a family. They are entitled to equal rights as to marriage, during marriage and at its dissolution


(2) Marriage shall be entered into only with the free and full consent of the intending spouses.


(3) The family is the natural and fundamental group unit of society and is entitled to protection by society and the State.


(1) Hombres y mujeres con edad núbil sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad y religión, tienen el derecho de casarse y formar una familia y disfrutaran de los mismos derechos en el matrimonio durante el matrimonio y en su disolución

(2) El matrimonio se establecerá solo con el libre y pleno consentimiento de los futuros esposos

(3) La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Article 17.
(1) Everyone has the right to own property alone as well as in association with others.


(2) No one shall be arbitrarily deprived of his property.


(1) Toda persona tiene derecho ala propiedad individual y colectiva.

(2) Nadie será arbitrariamente privado de su propiedad.


Article 18.
-Everyone has the right to freedom of thought, conscience and religion; this right includes freedom to change his religion or belief, and freedom, either alone or in community with others and in public or private, to manifest his religion or belief in teaching, practice, worship and observance.


-Toda persona tiene el derecho de libertad de pensamiento, conciencia y religión; este derecho incluye la libertad a cambiar de religión o de creencias y la libertad solo o en comunidad con otros en público y en privado a manifestar su religión y creencia a enseñarka, practicarla, adorarla y observarla.

Article 19.
-Everyone has the right to freedom of opinion and expression; this right includes freedom to hold opinions without interference and to seek, receive and impart information and ideas through any media and regardless of frontiers.


-Toda persona tiene derecho a la libertad de opinion y expresión; este derecho incluye la libertad a tener opiniones sin interferencias a buscar y encontrar algo, recibir y difundir información e ideas a través de algún medio de comunicación y sin limitación de fronteras.


Article 20.
(1) Everyone has the right to freedom of peaceful assembly and association.

(2) No one may be compelled to belong to an association.


(1) Toda persona tiene derecho ala libertad pacífica de asamblea y asociación.

(2) Ninguna persona tiene la obligación de pertenecer a una asociación.


Article 21.
(1) Everyone has the right to take part in the government of his country, directly or through freely chosen representatives.

(2) Everyone has the right of equal access to public service in his country.

(3) The will of the people shall be the basis of the authority of government; this will shall be expressed in periodic and genuine elections which shall be by universal and equal suffrage and shall be held by secret vote or by equivalent free voting procedures.


(1) Toda persona tiene el derecho a formar parte en el gobierno de su pais, dirigirlo o elegir a sus representantes libremente.

(2) Toda persona tiene derecho a un acceso igual a los servicios públicos de su país.

(3) La voluntad de las personas será la base de autoridad del gobierno; esta será expresada en periódicos y autenticas elecciones, las cuales se harán por sufragio universal y se hará por voto secreto o por una gestión de voto igualmente libre.


Article 22.
-Everyone, as a member of society, has the right to social security and is entitled to realization, through national effort and international co-operation and in accordance with the organization and resources of each State, of the economic, social and cultural rights indispensable for his dignity and the free development of his personality.


-Toda persona, como miembr de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y tiene derecho a obtener, mediante la cooperación de esfuerzo nacional e internacional y en acuerdo con la organización y los recursos de cada estado, a los derechos económicos, sociales y culturales indispensables para su dignidad y el libre desarrollo de su persona.



Article 23.
(1) Everyone has the right to work, to free choice of employment, to just and favourable conditions of work and to protection against unemployment.

(2) Everyone, without any discrimination, has the right to equal pay for equal work.

(3) Everyone who works has the right to just and favourable remuneration ensuring for himself and his family an existence worthy of human dignity, and supplemented, if necessary, by other means of social protection.

(4) Everyone has the right to form and to join trade unions for the protection of his interests.


(1) Toda persona tiene derecho a trabajar a elegir libremente su empleo, a tener condiciones justas y favorables y proteccion contra el desempleo.

(2) Toda persona sin discriminación alguna tiene el derecho a se pagados de la misma forma por un mismo trabajo.

(3) Todos los trabajadores tienes una remuneración justa y favorable asegurada para él y su familia conforme a una dignidad humana y suplementada si es necesario, por otro medio de protección social.

(4) Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos por la defensa de sus intereses.


Article 24.
-Everyone has the right to rest and leisure, including reasonable limitation of working hours and periodic holidays with pay.


-Toda persona tiene el derecho al descanso y al tiempo libre, incluido una limitación de horas de trabajo razonables y un tiempo de vacaciones pagadas.

Article 25.
(1) Everyone has the right to a standard of living adequate for the health and well-being of himself and of his family, including food, clothing, housing and medical care and necessary social services, and the right to security in the event of unemployment, sickness, disability, widowhood, old age or other lack of livelihood in circumstances beyond his control.


(2) Motherhood and childhood are entitled to special care and assistance. All children, whether born in or out of wedlock, shall enjoy the same social protection.

(1) Toda persona tiene el derecho a un nivel de vda adecuado para su salud y el bienestar para si mísmo y su familia incluyendo comida, ropa, vivienda y cuidado médico y los servicios sociales necesarios y el derecho a los seguros en el caso de desempleo, enfermedad, discapacidad, viudez, vejez o otros caso de pérdida de sustentos en circunstancias independientes de su voluntad.

(2) La maternidad y la infancia tiene el derecho a cuidados y asistencias especiales. Todos los niños nacidos fuera o dentro del matrimonio disfrutarán de las mismas asistencias sociales.

Article 26.


(1) Everyone has the right to education. Education shall be free, at least in the elementary and fundamental stages. Elementary education shall be compulsory. Technical and professional education shall be made generally available and higher education shall be equally accessible to all on the basis of merit.


(2) Education shall be directed to the full development of the human personality and to the strengthening of respect for human rights and fundamental freedoms. It shall promote understanding, tolerance and friendship among all nations, racial or religious groups, and shall further the activities of the United Nations for the maintenance of peace.


(3) Parents have a prior right to choose the kind of education that shall be given to their children.

(1) Toda persona tiene derecho a la educación, esta será gratuita, como mínimo en la fase fundamental y elemental. La educación elemental sera obligatoria. La educación técnica y profesional será generalizada, disponible y la educación superior será de igual acceso para todos según sus méritos.

(2) La educación será dirigida para el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento de el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Favorecerá la comprensión y tolerancia y la amistad entre todas las naciones, los grupos étnicos y religiosos, favorecerán el fututo desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

(3) Los padres tendrán el derecho preferente a elegir el tipo de educación que se le dará a su hijo.


Article 27.


(1) Everyone has the right freely to participate in the cultural life of the community, to enjoy the arts and to share in scientific advancement and its benefits.


(2) Everyone has the right to the protection of the moral and material interests resulting from any scientific, literary or artistic production of which he is the author.

(1) Toda persona tiene el derecho a participar libremente en la vida cultural de su comunidad, a disfrutar de las artes y a participar en los avances científicos y de sus beneficios.

(2) Toda persona tiene derecho a la protección de sus intereses morales y materiales que le correspondan a las producciones científicas, literarias o artísticas de la que sea autor.


Article 28.


Everyone is entitled to a social and international order in which the rights and freedoms set forth in this Declaration can be fully realized.

Toda persona tiene derecho a un orden social e internacional en el que los derechos y libertades que se establezcan en esta Declaración pueden ser plenamene realizados.


Article 29.


(1) Everyone has duties to the community in which alone the free and full development of his personality is possible.


(2) In the exercise of his rights and freedoms, everyone shall be subject only to such limitations as are determined by law solely for the purpose of securing due recognition and respect for the rights and freedoms of others and of meeting the just requirements of morality, public order and the general welfare in a democratic society.


(3) These rights and freedoms may in no case be exercised contrary to the purposes and principles of the United Nations.

(1) Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad en la cual solo en ella puede desarrollarse libre y plenamente su personalidad.

(2) En el ejercicio de sus derechos y libertades toda persona estará sujeta a tales limitaciones establecidas por ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y respeto de los derechos y libertades de los demás y de satisfacer las justas existencias del orden moral, público y del bienestar en una sociedad democrática.

(3) Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidas contrariamente a los propósitos y los principios de las Naciones Unidas.


Article 30.


Nothing in this Declaration may be interpreted as implying for any State, group or person any right to engage in any activity or to perform any act aimed at the destruction of any of the rights and freedoms set forth herein.

Nadies en esta Declaración podra interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, grupo o persona para emprender y desarrollar actividad o cualquier acto que tiende a la destrucción de alguno de los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración.



PINTURAS SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS
           


        Realizada por José J. Salido Rodríguez



       Realizada por Antonio Jurado García


















   Realizada por David López Astorga
  



Realizada por Sergio Gómez Aguilar